La mediación, muy novedosa en España, se presenta como alternativa al derecho de acceso a los Tribunales, concediendo a las personas inmersas en el conflicto la oportunidad de participar activamente en la resolución del mismo, evitando así dejar en manos de un tercero, el Juez, la decisión final.

La mediación, muy novedosa en España, se presenta como alternativa al derecho de acceso a los Tribunales, concediendo a las personas inmersas en el conflicto la oportunidad de participar activamente en la resolución del mismo, evitando así dejar en manos de un tercero, el Juez, la decisión final.

Con la ayuda de nuestros mediadores, se busca una fórmula rápida, económica y eficaz, que de como resultado un acuerdo conforme para ambas partes, evitando de esta forma un mayor deterioro en la relación futura entre las partes, algo que aumenta si el asunto se judicializa.
El procedimiento de mediación comienza por solicitud, bien de ambas partes, bien de una sola. Una vez recibamos esta solicitud, nuestros profesionales convocarán a las partes a una sesión informativa. Si alguna de las partes no asiste, se entenderá que desisten del procedimiento. Si las partes comparecen y deciden continuar se elaborará la denominada acta de la sesión constitutiva que se suscribirá por nuestro mediador y las partes.
De esta forma iniciaremos una serie de sesiones que concluirán en el caso de que se alcance el acuerdo, transcurra el plazo máximo acordado por las partes o si una o ambas partes así lo decidan.
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