El Tribunal Supremo vuelve a inclinarse por la custodia compartida.

Recientemente, el pasado mes de Julio, nuestro más alto Tribunal volvió a posicionarse a favor de la custodia compartida, argumentando su decisión, entre otras razones, ...lo que se pretende es aproximar este régimen al modelo de convivencia existente antes de la ruptura matrimonial y garantizar al tiempo a sus padres la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos, lo que parece también lo más beneficioso para ellos
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La nueva ley de custodia compartida a las puertas de ser aprobada
Mientras que se ultiman los trámites de aprobación de la ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad matrimonial, separación y divorcio, también llamada ley de custodia compartida, nuestro Tribunal Supremo sigue dejando patente su clara postura a favor de este régimen de custodia compartida siempre y cuando sea el régimen que mejor proteja el interés del menor.
La sentencia apuntala la nueva doctrina en materia de custodia compartida
Según extraemos del estudio de la sentencia, el caso a resolver contaba con los presupuestos óptimos para considerar este régimen como el más idóneo para asegurar la estabilidad de los menores y proteger el interés de éstos. En concreto el Tribunal considera que:
- Ambos progenitores cuentan con capacidad para atender a sus dos hijo de manera adecuada
- Ambos mantienen vías de comunicación para temas relacionados con los mismos, como refiere del informe psicosocial
- Su relación se ha desarrollado con normalidad, procurando adaptar a los hijos a la nueva situación
- Están próximos sus domicilios en una pequeña localidad
Como vemos, el Tribunal analiza aquellos aspectos que ya analizamos de forma pormenorizada en nuestro artículo monográfico en profundidad sobre custodia compartida en Madrid y resto de España para finalmente considerar el reparto igualitario de tiempos como el régimen custodio más beneficioso para los menores, que también permitirá a ambos progenitores ...seguir ejerciendo los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental y de participar en igualdad de condiciones en el desarrollo y crecimiento de sus hijos
. También estudiamos resoluciones anteriores de este mismo tribunal (29 de abril de 2013, 19 de julio 2013) a las que de nuevo alude el Tribunal Supremo en esta reciente sentencia.
Novedad: el ejercicio de la custodia de los menores, previo al pronunciamiento judicial, no resultará vinculante a la hora de acordar un régimen u otro
Como novedad, el Tribunal analiza una situación que ocurre en muchas rupturas, como es el hecho de que hasta que exista resolución judicial es la progenitora materna, la madre, quien ejerce la custodia de los menores de forma provisional, intentando así evitar perjudicar a los menores durante ese periodo transitorio así como no generar un ambiente de conflictividad que repercutiese negativamente en ellos
. Pues bien, entiende el Tribunal que ese pacto no tuvo otra finalidad que la de garantizar el inmediato interés de los menores, tratándose de un régimen transitorio a la espera de lo que se resolviera judicialmente, por lo que en modo alguno resulta vinculante a los efectos de acordar un régimen u otro, puesto que si ambas partes estuvieran conformes con éste, habrían dirimido sus diferencias de mutuo acuerdo
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Conclusiones acerca de la tendencia jurisprudencial a la espera de la nueva ley de custodia compartida
A la espera de la aprobación de nueva regulación, continúa la tendencia jurisprudencial a favor del reparto igualitario de tiempos entre ambos progenitores siempre que las circunstancias lo permitan, y favorezca el interés de los menores, prioridad máxima a tener en cuenta antes de optar por un régimen u otro.
Los abogados matrimonialistas en Madrid de Debelare seguiremos muy de cerca la evolución de esta regulación que tanto preocupa a padres y madres que se encuentran en procesos de separación, para poder ofrecer a nuestros cliente el mejor asesoramiento posible.