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Hijo desheredado: qué pasa con los nietos y cómo pueden reclamar su parte

Cuando un abuelo o abuela decide desheredar a uno de sus hijos, surgen muchas dudas en la familia. Una de las más frecuentes es si esa decisión también afecta a los nietos. ¿Pierden su derecho a heredar por el simple hecho de que su padre o madre haya sido desheredado?

La respuesta es: no necesariamente. La ley permite que los nietos mantengan su derecho a heredar por representación, siempre que no exista una causa legal de desheredación que también les afecte directamente.

¿Tu abuelo te desheredó injustamente?

Como nieto, puedes reclamar la parte de la herencia que le correspondía a tu padre o madre. Te guiamos paso a paso.

La desheredación es la decisión del testador de excluir de la herencia a un heredero forzoso por una causa legal concreta. Es una medida excepcional y debe constar de forma expresa en el testamento, indicando claramente el motivo que la justifica.

Que deshereden a tu padre o madre no significa que tú estés automáticamente fuera. Si eres nieto, puedes tener derecho a heredar por representación la parte que correspondería a tu progenitor, salvo que exista una causa válida que también te afecte a ti y esté debidamente probada.

Esto significa que los nietos pueden recibir la legítima, la porción mínima de la herencia, incluso si su padre o madre fue excluido, siempre que el testador no haya fundado la desheredación también en una conducta propia del nieto.

La desheredación del nieto suele fracasar cuando se apoya en motivos genéricos o sin base probatoria.

  • El testamento se limita a alegar “falta de relación” sin explicar por qué ni de quién es la culpa.
  • No existen pruebas de maltrato grave, físico o psicológico, o de una conducta que la ley reconozca como causa válida.
  • La tensión familiar proviene de conflictos entre adultos, por ejemplo, entre el abuelo y el padre o madre, ajenos al nieto.
  • La causa invocada es genérica o no se atribuye directamente al nieto.

En estos casos, los tribunales analizan tres cuestiones esenciales:

  • Si la causa alegada es legal, concreta y demostrable.
  • Si la falta de relación o el conflicto familiar fue imputable al nieto o ajeno a su voluntad.
  • Si la situación provocó un daño psicológico real al testador.

El Tribunal Supremo ha señalado que solo una falta de relación voluntaria, prolongada y dañosa puede justificar la desheredación. En cambio, si la distancia familiar se debe a decisiones de los adultos o a conflictos previos entre generaciones, la exclusión del nieto no se mantiene.

El derecho de representación permite que el nieto ocupe el lugar de su padre o madre en la herencia del abuelo o abuela. De esta manera, aunque el progenitor haya fallecido o haya sido desheredado, el nieto puede reclamar la legítima que le habría correspondido.

Si la desheredación de tu padre o madre no está bien fundada o no se extiende expresamente a ti por una causa válida, puedes heredar su parte como si lo hicieras en su lugar. Este derecho evita que los nietos pierdan su legítima por conflictos familiares ajenos o decisiones tomadas en una generación anterior.

Si como nieto has sido excluido del testamento sin motivo legal, puedes impugnar la desheredación y reclamar tu legítima. El proceso requiere planificación, prueba y asesoramiento especializado.

  1. Revisión del testamento y certificaciones. Solicita una copia autorizada del testamento y revisa cómo se expresa la causa de desheredación.
  2. Análisis de viabilidad. Un abogado especialista en herencias analizará si los hechos y pruebas disponibles encajan con los requisitos legales actuales.
  3. Cálculo de la legítima. Se estimará cuánto puedes recuperar y si conviene negociar antes de demandar.
  4. Negociación previa. En muchos casos se logra un acuerdo amistoso mediante el pago de la legítima sin llegar a juicio.
  5. Demanda de impugnación. Si no hay acuerdo, se presenta una demanda judicial para anular la desheredación o reconocer tu legítima.
  6. Medidas cautelares. En situaciones de riesgo, como venta de bienes o reparto irregular, puede pedirse una anotación preventiva para proteger la herencia.

Muchas impugnaciones se ganan antes de llegar al juicio. Una buena preparación probatoria y una estrategia de negociación sólida suelen acelerar los acuerdos.

Los jueces no se basan en percepciones, sino en pruebas. Cuanto más documentada esté la relación o los intentos de contacto, mayores son las posibilidades de éxito.

Qué tipos de pruebas aportan más peso:

  • Mensajes, correos, chats o fotos que acrediten relación o intentos de contacto.
  • Testigos como familiares, amigos, vecinos, cuidadores o personal médico.
  • Informes médicos o psicológicos cuando se alegue maltrato moral o emocional.
  • Historial de visitas y acompañamiento en momentos relevantes como enfermedad o celebraciones.
  • Documentación que acredite obstáculos impuestos por terceros, por ejemplo, si un progenitor impedía el contacto.

Llevar una cronología clara con fechas, protagonistas y consecuencias de cada hecho facilita mucho el trabajo del abogado y del juez a la hora de valorar el caso.

El plazo general para impugnar una desheredación es de cuatro años desde la apertura de la sucesión, normalmente el fallecimiento del testador.

Actuar pronto es clave: cuanto antes se inicie el procedimiento, más fácil será conservar pruebas, bloquear el reparto de la herencia si es necesario y alcanzar un acuerdo extrajudicial.

La duración del proceso dependerá de si hay acuerdo o juicio. Los casos que se resuelven por vía amistosa pueden cerrarse en unos meses; los judiciales suelen alargarse más, pero con una estrategia sólida pueden conseguir resultados favorables.

  • Pensar que “como no nos hablábamos, ya no puedo hacer nada”.
  • Renunciar o firmar acuerdos sin antes calcular la legítima.
  • No guardar pruebas tempranas como chats, emails o fotos.
  • Afrontar el conflicto sin asesoramiento especializado en derecho sucesorio.

Un error de forma o una omisión en la prueba puede hacerte perder tu legítima. Por eso, conviene actuar siempre con apoyo legal desde el principio.

En los últimos años, el Tribunal Supremo ha aclarado varios casos en los que se intentaba desheredar a nietos por la falta de relación con sus abuelos. La STS 401/2018, de 27 de junio, dejó claro que esa falta de relación solo puede justificar la desheredación si es voluntaria, reiterada y causa un daño psicológico real al testador. En cambio, si el distanciamiento se debe a conflictos familiares previos o a que el contacto fue impedido por terceros, como suele ocurrir cuando el nieto era menor de edad, los jueces entienden que no puede castigarse al nieto por una situación que no provocó. Esta doctrina ha marcado la diferencia en muchos procedimientos: incluso cuando existe una ruptura familiar, si el nieto no tuvo responsabilidad directa, conserva su derecho a heredar por representación.

En definitiva, si te encuentras ante una situación en la que tu padre o madre ha sido desheredado y dudas de si tú también quedas excluido, lo importante es no asumir que todo está perdido. Muchos nietos conservan su derecho a heredar porque la ley exige que la desheredación esté motivada y probada, y no basta con una simple falta de relación.

Analizar el testamento, valorar las pruebas y actuar con estrategia es clave para recuperar lo que te corresponde. Por eso, nuestro equipo ofrece una evaluación de viabilidad, revisando el testamento, evaluando las posibilidades reales de éxito y calculando la legítima preliminar.

Si el caso lo permite, diseñamos el plan probatorio y la estrategia de negociación para alcanzar un acuerdo o, cuando sea necesario, acompañamos en la impugnación judicial con honorarios claros y adaptados. Todo ello basándonos en señales de que tu caso es sólido, como la ausencia de causa legal concreta en el testamento, intentos de contacto frustrados por terceros o la existencia de pruebas que acrediten relación y acompañamiento. Con una revisión profesional y organizada, podrás conocer con claridad tus derechos y los pasos más efectivos para reclamar lo que te corresponde

¿Quieres reclamar tu legítima como nieto?

Te ayudamos a recopilar pruebas y preparar la estrategia legal para impugnar desheredaciones mal fundamentadas.
Pablo Espinosa
Redactado por Pablo Espinosa
Co-fundador de Debelare Abogados. Abogado civilista, experto en divorcios, herencias, contratos y concurso de persona física.
Fecha de publicación: 12 noviembre 2025
Fecha de actualización: 12 noviembre 2025
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