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¿En qué situación se quedan los trabajadores de una empresa declarada insolvente o en concurso de acreedores?

La declaración de insolvencia o concurso de acreedores de una empresa suele generar una gran incertidumbre entre sus trabajadores, que no siempre saben cómo afectará esta situación a sus derechos laborales, a la estabilidad en su empleo o a las compensaciones económicas que les corresponden.

Comprender qué implica este proceso y qué herramientas existen para protegerse es esencial. En estos escenarios son frecuentes los impagos, los despidos irregulares, la falta de comunicación y, en ocasiones, maniobras empresariales que dificultan cobrar lo que legalmente corresponde.

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La insolvencia empresarial o el concurso de acreedores se declaran cuando una empresa no puede cumplir de forma regular con sus obligaciones económicas.

En este escenario, es común que la actividad empresarial se suspenda total o parcialmente, lo que suele traducirse en la suspensión o extinción de los contratos de trabajo.

Los trabajadores pueden enfrentarse a:

  • Despidos colectivos o individuales, dependiendo del volumen y situación de la empresa.
  • Retrasos o impagos en los salarios y otras retribuciones.
  • Incertidumbre sobre la continuidad de sus empleos.

La ley considera a los trabajadores como acreedores preferentes . Esto significa que sus créditos correspondientes a salarios, indemnizaciones y otras cantidades pendientes tienen prioridad frente a la mayoría de acreedores, siendo calificados como créditos privilegiados.

Sin embargo, este privilegio no garantiza el pago inmediato: dependerá de la existencia de activos, de la fase del procedimiento y del orden de prelación fijado por la ley concursal.

Si la empresa no puede asumir el pago, los trabajadores pueden recurrir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), un organismo público que cubre salarios e indemnizaciones dentro de los límites legales.

Esto supone una red de protección fundamental para los empleados afectados por insolvencias empresariales.

Para solicitar prestaciones al FOGASA debe acreditarse la situación del empleador (insolvencia o concurso/procedimiento especial de microempresas) y la existencia del crédito laboral:

  • En ejecución laboral: decreto/auto de insolvencia.
  • En concurso: auto de declaración de concurso (o del procedimiento especial) y certificación concursal que acredite que el crédito del trabajador está incluido en la lista de acreedores o reconocido como deuda de la masa, por importe igual o superior a lo solicitado

Con ello, se ofrece una seguridad mínima para los trabajadores, aun cuando la empresa ya no tenga recursos.

En algunas ocasiones, la insolvencia empresarial puede encubrir una estrategia fraudulenta. Esto es el caso de que una empresa insolvente crea una nueva sociedad o traspasa activos para continuar la actividad, pero sin asumir las obligaciones laborales con los trabajadores, dejándolos desprotegidos.

Esta práctica ilegal, conocida legalmente como sucesión de empresas fraudulentas , vulnera los derechos laborales y puede ser denunciada judicialmente por los empleados.

Los trabajadores afectados pueden reclamar para que se declare la responsabilidad de la nueva empresa y se reconozca la continuidad laboral, evitando quedar desprotegidos.

La sucesión de empresas, regulada en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, se produce cuando una empresa transmite a otra una unidad productiva autónoma que mantiene su identidad.

Aunque está diseñada para proteger al trabajador, en la práctica puede generar distintos riesgos:

  1. Riesgo de pérdida o deterioro de derechos laborales. Aunque el art. 44 ET establece que el nuevo empleador debe respetar las condiciones laborales y salariales, en la práctica existen situaciones en las que el nuevo empresario intenta aplicar un convenio distinto y más desfavorable, modificar unilateralmente horarios, turnos, la estructura salarial o funciones.
  2. Riesgo de no reconocimiento de la antigüedad.La antigüedad es un derecho directamente protegido en una sucesión, pero las empresas, en ocasiones no la reconocen en las nóminas y generan “saltos” en las fechas de alta en la Seguridad Social, alegando que no existe transmisión real de unidad productiva.
    Esto puede afectar al reconocimiento de trienios, quinquenios o complementos por antigüedad, indemnizaciones futuras por despido y derechos adquiridos relacionados con la permanencia.
  3. Riesgo de impagos o fraude salarial. En ocasiones, las sucesiones se utilizan como estrategia para eludir deudas, trasladando la actividad a otra sociedad mientras la anterior queda insolvente.
  4. Riesgo de pérdida de garantías sindicales.El cambio de titularidad puede afectar a la formación del comité de empresa o delegados sindicales, a los procesos electorales en curso
  5. Riesgo de despidos encubiertos.En algunos procesos de sucesión, se producen despidos previos al traspaso, para reducir plantilla, sin subrogar a los trabajadores.
  6. Riesgo de inseguridad jurídica para el trabajador.La falta de comunicación clara y formal por parte de la empresa genera en el trabajador una incertidumbre sobre quién es el empleador real, dudas sobre a quién reclamar salarios o derechos y confusión organizativa y documental. El trabajador queda expuesto a una vulnerabilidad legal que puede dificultar su defensa.
  7. Riesgo de empeoramiento en la organización del trabajo.Tras una sucesión pueden cambiar los métodos de trabajo, la reestructuración de departamentos y la imposición de nuevas herramientas o responsabilidades

Si un trabajador sospecha que está ante una sucesión fraudulenta, es crucial asesorarse legalmente con un abogado especialista para presentar la reclamación adecuada que permita:

  • Reconocer la responsabilidad de la nueva empresa sobre los contratos y deudas laborales.
  • Posibilidad de reclamar los salarios e indemnizaciones pendientes.
  • Garantizar la protección frente a despidos injustificados cuando hay una continuidad de actividad.
  • Evitar que se vulneren derechos laborales mediante estructuras ficticias.

Desde Debelare Abogados, expertos en derecho laboral y procesos concursales, hemos defendido a trabajadores afectados por estas situaciones complejas, como en su caso de sucesión de empresas fraudulentas.

  • Presentar sus créditos laborales en el concurso de acreedores para que se incluyan en el oportuno listado.
  • Solicitar el pago al FOGASA si la empresa no cumple.
  • Buscar asesoramiento especializado para evitar fraudes y reclamar tus derechos.

Cuando una empresa se declara en concurso o está en situación de insolvencia y los trabajadores necesitan reclamar sus derechos, una de las dudas frecuentes es si deben hacerlo de forma individual o unirse para una reclamación colectiva.

Ambas opciones son posibles y tienen ventajas. La elección depende del caso concreto:

Ideal cuando las circunstancias personales de cada trabajador son distintas, o cuando alguien busca una solución adaptada a su situación particular. Permite un trato personalizado y un foco exclusivo en su caso, pero puede resultar más costoso ya que lo debe asumir en exclusiva.

Se recomienda cuando un grupo significativo de empleados sufre las mismas consecuencias (impagos, despidos, sucesión fraudulenta, etc.). Unificar esfuerzos facilita la negociación y puede aumentar la presión legal sobre la empresa o sobre el administrador concursal. Además, puede reducir el coste de la reclamación.

En cualquier caso, lo que sí es fundamental es contar con un abogado experto en derecho laboral y procesos concursales para:

  • Analizar cuál es la mejor estrategia según la situación concreta.
  • Presentar correctamente las reclamaciones y seguir los plazos legales.
  • Defender los derechos de los trabajadores ante cualquier irregularidad.

Protege tus derechos laborales

Tomar esta decisión con el apoyo adecuado marca la diferencia entre cobrar lo que te corresponde o perder derechos por desconocimiento o errores.
Marina Ruiz
Redactado por Marina Ruiz
Abogada Senior especializada en derecho laboral y seguridad social.
Fecha de publicación: 18 diciembre 2025
Fecha de actualización: 22 diciembre 2025
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