La Ley de Familias de 2023 introduce legalmente 3 permisos para la conciliación de vida familiar y laboral. Estos son por cuidado de:
- Familiar
- Hijos
- Familiar por fuerza mayor.
A continuación, te explicamos su finalidad, duración, retribución, a quién protegen, qué protegen, regulación legal y demás detalles.
Seas empresario o trabajador, te interesará conocer los 3 permisos incorporados por la Ley de Familias. Vamos a explicar la finalidad de cada uno de ellos y los requisitos para su concesión.
Como empresario, debes conocer los requisitos de cada uno de los permisos aprobados para saber si debes concederlos a tus empleados o si se los puedes denegar por no cumplirlos. Por otro lado, como trabajador, es conveniente que conozcas la regulación de los mismos para conocer si tienes derecho a solicitarlos.
Veamos entonces la finalidad de los 3 permisos aprobados, así como los requisitos de cada uno de ellos.
Finalidad de los permisos incorporados por la Ley de Familias de 2023
La finalidad de la introducción de estos permisos es la conciliación de la vida personal con el trabajo para aquellas personas con hijos o familiares que deban recibir cuidados. De esta manera, pretende eliminar posibles obstáculos para la crianza de los hijos o para asistir a un enfermo.
Con ello, se consagra aún más el artículo 39 de la Constitución española que recoge la protección social, económica y jurídica de las familias.
Los permisos según la Ley de Familias de 2023: a quién y qué protegen, duración, retribución…
La duración, retribución, a quién protegen, qué protegen, regulación legal, etc. de los permisos aprobados por la Ley de Familias 2023. Te lo contamos en los subapartados siguientes.
El permiso por cuidado de familiar según la Ley de Familias de 2023
Duración | 5 días |
---|---|
Retribuido | Sí |
A quién protege |
|
Qué protege | El cuidado de familiar por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención sin hospitalización que requiera de reposo domiciliario. |
Cómo se puede disfrutar | No se establece en la norma. Se entiende que siempre que exista la necesidad de protección, el trabajador puede justificar su derecho al disfrute de cinco días por cada hecho causante. |
Cómo acreditar la vinculación con el sujeto que protege | Mediante cualquier documento que acredite el grado de parentesco –por ejemplo: libro de familia– o la convivencia en el mismo domicilio –por ejemplo: certificado de empadronamiento, contrato de alquiler, facturas de suministros–. |
Cómo acreditar la necesidad del cuidado | Mediante cualquier documento médico que acredite la situación de necesidad del cuidado –por ejemplo: parte de accidente, informe médico de intervención quirúrgica, etc–. |
¿Se puede denegar? |
Si se acredita la situación de necesidad y se cumplen los requisitos, no se puede denegar. Si se deniega, el trabajador afectado deberá interponer un procedimiento de Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (artículo 139 LRJS). Puede reclamar daños y perjuicios causados con la denegación. |
Regulación |
El permiso parental para cuidado de hijos según la Ley de Familias de 2023
Duración | 8 semanas |
---|---|
Retribuido | No |
A quién protege | Trabajador que sea padre o madre legal de un menor de hasta 8 años de edad. |
Qué protege | Cuidado de hijo de hasta 8 años de edad. |
Cómo se puede disfrutar | De manera continua o discontinua y a tiempo parcial o completo. |
Cómo acreditar la vinculación con el sujeto que protege | Mediante el Libro de familia, certificado de nacimiento del menor o resolución de adopción. |
Cómo acreditar la necesidad del cuidado |
No es preciso acreditar la necesidad concreta de cuidado del menor, ya que es una medida meramente conciliatoria y no retribuida. No obstante, sí es necesario concretar la fecha de inicio y fin del disfrute o los periodos de disfrute, con una antelación de diez días, salvo fuerza mayor. |
¿Se puede denegar? |
Si, por motivos organizativos de la empresa o por incumplir el periodo de preaviso (10 días de antelación, salvo fuerza mayor). La empresa puede denegar el permiso justificándolo por escrito y proponiendo una alternativa de disfrute. Si se deniega injustificadamente, el trabajador afectado deberá interponer un procedimiento de Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (artículo 139 LRJS). Puede reclamar daños y perjuicios causados con la denegación. |
Regulación |
El permiso por cuidado de familiar por fuerza mayor según la Ley de Familias de 2023
Duración | 4 días al año |
---|---|
Retribuido | Sí |
A quién protege | Trabajador cuyos familiares o personas convivientes precisen cuidados. |
Qué protege | Necesidades urgentes de cuidado de familiares por una causa de fuerza mayor (accidente grave o enfermedad). |
Cómo se puede disfrutar | De manera continua o por horas o días. |
Cómo acreditar la vinculación con el sujeto que protege | Mediante cualquier documento que acredite el grado de parentesco –por ejemplo: libro de familia– o la convivencia en el mismo domicilio –por ejemplo: certificado de empadronamiento, contrato de alquiler, facturas de suministros–. |
Cómo acreditar la necesidad del cuidado |
Mediante cualquier documento médico que acredite la situación de necesidad del cuidado –por ejemplo: parte de accidente, informe médico de intervención quirúrgica–. |
¿Se puede denegar? |
Si se acredita la situación de necesidad y se cumplen los requisitos, no se puede denegar. Si se deniega, el trabajador afectado deberá interponer un procedimiento de Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral (artículo 139 LRJS). Puede reclamar daños y perjuicios causados con la denegación. |
Regulación |
Si tienes cualquier duda sobre el disfrute de estos permisos o sus requisitos, en Debelare te asesorará un abogado laboralista especializado.
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