En Debelare Abogados Madrid continuamos con la avalancha de sentencias favorables contra el Banco Popular. En esta ocasión, le toca el turno a una cláusula suelo establecida en la escritura de préstamo hipotecario de un cliente.


Como indica la juez del juzgado de lo mercantil núm. 4 de Madrid en la sentencia, en este caso el Banco Popular no facilitó al cliente información acerca de la cláusula suelo. Más bien todo lo contrario; la cláusula suelo se había "colocado" en la escritura sin que el cliente pudiera detectarla. De esta manera, aunque el Banco Popular prometió a su cliente que su préstamo devengaría un "interés variable", la realidad era distinta. Daba igual que el Euribor descendiera; el afectado siempre venía obligado a pagar el límite mínimo establecido en la escritura (3,50% puntos).
Gracias a esta sentencia, durante el resto de vida del préstamo el cliente abonará a la entidad unos intereses muy inferiores a los que venía pagando. Por supuesto, también recuperará las cantidades pagadas indebidamente a la entidad, que ascienden a 5.707,00 €. Todo ello, además, de manera gratuita, ya que el Banco Popular ha sido condenado en costas, por lo que tendrá que satisfacer los honorarios de los profesionales que intervinieron en el procedimiento.
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