¿Has sido víctima de fraude online, phishing o delito informático? ¿Sabías que tu banco o entidad financiera puede tener responsabilidad por lo ocurrido y que, si te estafan online, tendrán devolverte el dinero perdido?

Nuestros abogados especialistas en phishing te explican cómo poder recuperar el dinero si has sido víctima de un fraude online.
¿Qué es el phishing? El fraude online por excelencia
El objetivo de los ataques de "phishing" es conseguir de forma fraudulenta el usuario y contraseña de clientes de banca electrónica para realizar transferencias no autorizadas.
El phishing tiene muchas modalidades. Un ejemplo de estafa informática es el envío a la víctima de un correo electrónico o un SMS que suplanta la imagen oficial de la entidad financiera y en el que se solicita al receptor que acceda inmediatamente a una web e introduzca los datos de identificación, clave y número de tarjeta de crédito para solucionar una supuesta incidencia.
Para conseguir una respuesta inmediata de la víctima estos mensajes normalmente avisan de que “se ha producido una brecha de seguridad” o cualquier otro problema urgente. De ese modo, consiguen que el cliente, presa de los nervios, acceda rápidamente a una página web clonada o duplicada (que es prácticamente idéntica a la del banco, a excepción del dominio) y facilite sus claves de acceso a los estafadores. Una vez los delincuentes cuentan con esta información, proceden a ordenar transferencias inconsentidas desde la cuenta de la víctima.
¿Cuándo es responsabilidad del banco en casos de fraude online, phishing o estafa informática?
La orden de transferencia es un mandato del cliente al banco por el cual la entidad financiera asume el deber de realizar el pago por cuenta del cliente como parte del contrato de servicio que los vincula.
Evidentemente el banco que ordena la transferencia debe implementar las medidas necesarias para asegurar la autenticación e identidad del ordenante a la hora de prestar su consentimiento. Así lo exige la ley.
En cuanto a la responsabilidad, el Real Decreto Ley 19/2018 hace recaer sobre las entidades financieras la responsabilidad de devolver al cliente el importe de las operaciones que no hayan sido autorizadas, salvo que logren demostrar que el cliente ha actuado fraudulentamente o con una grave negligencia.
Esta responsabilidad es cuasiobjetiva, es decir, habrá responsabilidad bancaria por los defectos de seguridad del sistema que determina la ejecución de órdenes de pago no autorizadas por su cliente salvo que el banco acredite la culpa o negligencia de la víctima.
Actualmente la mayoría de Juzgados y Tribunales no aprecian negligencia grave de las víctimas, ya que en la mayoría de ocasiones, las estafas o fraudes online utilizan técnicas de suplantación y engaño sumamente creativas y, por ello, difíciles de detectar.
Otra posible causa de responsabilidad se da si las medidas de seguridad del banco son suficientes para prevenir este tipo de fraudes informáticos. Para probarlo será indispensable contar con asesoramiento técnico de expertos, no solo en el ámbito de la abogacía, sino también en materia de ciberseguridad.
Para terminar, has de saber que además de la omisión de sus obligaciones legales, es posible denunciar los incumplimientos contractuales de la entidad financiera. Nos referimos a casos en los que el banco falta a los compromisos fijados en el contrato. Por ejemplo, cuando la entidad financieras permite que se realicen operaciones por encima del límite diario permitido en la tarjeta; o cuando en el contrato de tarjeta se establece que se enviará un SMS cada vez que se ejecute una operación y el banco no cumple con esa exigencia.
¿Se puede denunciar al ciberdelincuente?
Aunque es posible, en la mayoría de casos se hace sumamente complicado identificar a los perpetradores del delito informático, ya que se escudan en el anonimato de la red. Los bancos son quienes tienen responsabilidad legal de protegerte ante estas estafas y, por ello, han de responder.
Que hacer para recuperar tu dinero si te estafaron por transferencia bancaria
- Informa de lo sucedido a tu banco a fin de que procedan a bloquear tus cuentas y te envíen unas nuevas credenciales de seguridad.
- Acude a la policía o guardia civil para interponer la correspondiente denuncia. Es importante explicar en la denuncia detalladamente todo lo sucedido y, a ser posible, incorporar todas las pruebas y documentos de lo que dispongas (pantallazos, mensajes, emails, movimientos de cuenta, comunicaciones con tu entidad financiera, etc.). Los abogados especializados en phishing podemos ayudarte con este trámite.
- Presenta ante el servicio de atención al cliente de tu banco la correspondiente reclamación. Lo normal será que el banco rechace tu solicitud y se niegue a asumir su responsabilidad alegando que “has sido negligente”.
- Recopila todas las pruebas de la estafa informática y tráelas al despacho. También necesitaremos el contrato de la cuenta corriente o de la tarjeta. Valoraremos si tu caso tiene viabilidad.
¿Es posible pedir la cancelación o anulación de la transferencia a mi banco?
La regla general es que no es posible anular una transferencia. Las transferencias constituyen mandatos de pago irrevocables. Por ello, en el momento en que ordenamos la transferencia, no hay marcha atrás.
No obstante lo anterior, en aquellos casos en los que se ordena una transferencia no inmediata, algunas entidades permiten, excepcionalmente, deshacer la operación. Aquí tienes que tener en cuenta el concepto de las horas de corte, es decir, el momento del día en el que el banco deja de emitir y ordenar transferencias.
Si la transferencia se ordena antes de la hora de corte de tu entidad, llegará a la cuenta de destino al día siguiente. Sin embargo, la transferencia se ejecuta después de la hora de corte de tu entidad, ya no llegará al banco de destino en ese mismo día y no la abonará al día siguiente. Este puede ser un elemento clave para intentar que la propia entidad financiera ordene la retrocesión de los fondos transferidos.
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