Durante años, los bancos han aplicado cláusulas, comisiones y condiciones contractuales que han perjudicado gravemente a miles de consumidores. Muchas de estas prácticas han sido consideradas abusivas por los tribunales, y algunas incluso han llevado a la ruina a pequeños ahorradores.

En este artículo te explicamos en qué consisten las principales malas prácticas bancarias, por qué son ilegales o abusivas y cómo puedes reclamar si fuiste afectado.
Sospechas que has sido víctima de malas prácticas bancarias?
¿Qué se considera una mala práctica bancaria?
Una mala práctica bancaria es cualquier comportamiento de una entidad financiera que perjudica al cliente y vulnera sus derechos, ya sea por falta de transparencia, desequilibrio contractual, imposición de condiciones abusivas o comercialización de productos de riesgo sin la debida información.
Estas prácticas no solo afectan económicamente al consumidor, sino que también dañan su confianza y su seguridad jurídica.
Productos financieros complejos mal comercializados
Participaciones preferentes
Las participaciones preferentes fueron vendidas por muchas entidades como si fueran productos seguros y similares a los depósitos a plazo fijo. Sin embargo, se trataba de productos perpetuos, sin vencimiento definido, y con un riesgo elevado. Muchos ahorradores confiaron en las recomendaciones de sus gestores sin conocer realmente que su dinero quedaba ligado a la situación financiera del banco y que no podrían recuperarlo fácilmente. En muchos casos, las personas afectadas por las preferentes eran mayores o sin conocimientos financieros, lo que ha llevado a los tribunales a considerar que hubo falta de información y mala praxis en su comercialización.
Certificados de Depósito para Acciones (CDA) de Triodos Bank
Los Certificados de Depósito para Acciones (CDA) de Triodos Bank son instrumentos financieros que, aunque se comercializaron como acciones, presentan características similares a las participaciones preferentes. Estos productos no otorgan derechos políticos como el voto en juntas de accionistas y su liquidez está limitada, ya que no cotizan en mercados bursátiles abiertos, sino en un mercado interno gestionado por la propia entidad. Esto significa que los inversores dependen de la disponibilidad de compradores dentro de ese mercado interno para poder vender sus CDA, lo que puede dificultar la recuperación de la inversión. Además, al no estar cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos, en caso de problemas financieros de la entidad, los titulares de CDA podrían enfrentar pérdidas significativas. Estas características han llevado a que algunos expertos consideren los CDA de Triodos como productos de alto riesgo, especialmente para inversores minoristas que buscaban opciones de inversión más seguras.
Deuda subordinada
La deuda subordinada es otro producto financiero de alto riesgo que se colocó a clientes minoristas sin el conocimiento necesario para entenderlo. En caso de quiebra del banco, estos inversores quedaban entre los últimos en el orden de cobro. Al igual que con las preferentes, se comercializó sin la debida información, lo que supuso importantes pérdidas para los afectados.
Acciones de Bankia en su salida a Bolsa
Miles de inversores compraron acciones de Bankia durante su salida a Bolsa en 2011, confiando en una imagen de solvencia que después se demostró irreal. La reformulación de sus cuentas tras el rescate evidenció que la información financiera facilitada era incorrecta. Los tribunales han dado la razón a los afectados, reconociendo que hubo un vicio en el consentimiento por publicidad engañosa.
Derivados financieros sin transparencia
SWAPS de tipos de interés
Los SWAPS de tipos de interés se ofrecieron como una herramienta para proteger al cliente de posibles subidas del Euríbor, pero su funcionamiento era tan complejo que muchos firmantes no comprendían que, en realidad, iban a tener que pagar al banco si los tipos bajaban. Esto provocó importantes pérdidas económicas, sobre todo en pymes y autónomos.
Cláusulas abusivas en hipotecas
Cláusula suelo
La cláusula suelo impedía que el interés variable bajara de un determinado porcentaje. Es decir, por mucho que el Euríbor descendiera, se acotaba el límite a los descensos del tipo de interés, lo que provocó que miles de hipotecas no se beneficiaran de la bajada de tipos de interés. El Tribunal Supremo en la STJUE 21 de Diciembre de 2016 ha considerado que muchas de estas cláusulas eran nulas por falta de transparencia.
IRPH en hipotecas
El IRPH es un índice alternativo al Euríbor que algunos bancos utilizaron para calcular los intereses de las hipotecas. Aunque se presentaba como más estable, en la práctica resultó ser más elevado y menos favorable para el consumidor. Además, la forma en que se aplicó en muchos contratos ha sido cuestionada por falta de transparencia. En numerosos casos, los clientes no fueron informados de que existía una alternativa más ventajosa como el Euríbor, ni de cómo se calculaba el IRPH. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha abierto la puerta a que los jueces españoles analicen caso por caso si la inclusión de este índice fue abusiva o no transparente.
Imposición de seguros
Muchas entidades obligaban al cliente a contratar seguros de vida o de hogar con aseguradoras vinculadas al propio banco como condición para conceder la hipoteca. Esta práctica limitaba la libertad del consumidor y encarecía el préstamo, además de constituir una venta vinculada prohibida si no se ofrecía alternativa.
Reparto abusivo de gastos de hipoteca
Durante años, los bancos impusieron al consumidor el pago de todos los gastos asociados a la constitución de la hipoteca: notaría, registro, tasación, gestoría… Sin embargo, el Tribunal Supremo ha considerado que esta repercusión al cliente de los gastos era abusiva, y ha establecido que algunos de esos costes deben ser asumidos por la entidad financiera.
Limitaciones en el uso de la vivienda
Algunas hipotecas incluían cláusulas que prohibían al propietario alquilar la vivienda, realizar reformas o cambiar su uso sin autorización del banco. Estas restricciones limitaban injustificadamente el derecho del propietario sobre su bien y pueden ser consideradas nulas por abusivas.
Cláusula de afianzamiento solidario
La cláusula de afianzamiento solidario obliga a un tercero a responder por la deuda como si fuera el propio deudor. Esto significa que el banco puede reclamarle la totalidad de la deuda sin necesidad de agotar antes el patrimonio del titular principal. En muchos casos, esta cláusula se incluye sin la debida explicación y con renuncia a derechos de orden, división y excusión, de modo que los avalistas firmaban sin conocer las verdaderas implicaciones legales y económicas. Los tribunales han considerado que este tipo de cláusulas pueden ser abusivas si no hay transparencia, especialmente cuando se impone a consumidores sin conocimientos financieros o sin capacidad de negociación.
Hipotecas multidivisa
Este tipo de préstamos estaban referenciados a monedas extranjeras como el yen japonés o el franco suizo. Aunque al principio podían parecer ventajosas por los tipos de interés bajos, los cambios en el tipo de cambio provocaron un aumento drástico en las cuotas y en el capital pendiente. Muchos clientes no fueron informados adecuadamente del riesgo de devaluación de la moneda local frente a la divisa extranjera.
Intereses desproporcionados en productos financieros
Tarjetas revolving
Las tarjetas revolving permiten aplazar pagos, pero aplican intereses muy elevados, en muchos casos superiores al 20% TAE. Esto hace que la deuda se eternice, ya que las cuotas apenas cubren los intereses. La justicia ha determinado que muchos de estos contratos son usurarios, y por tanto nulos, por aplicar intereses desproporcionados. Pese a la sentencia sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero de 2023 la reclamación de tarjetas revolving sigue siendo posible.
Préstamos con intereses usurarios
Algunos préstamos personales o microcréditos han llegado a aplicar tipos de interés muy por encima del mercado. La Ley de Represión de la Usura permite anular estos contratos si se demuestra que el interés es notablemente superior al normal y no está justificado por las circunstancias del cliente ni del producto.
Comisiones indebidas o sin justificación
Comisiones por descubierto
Muchas entidades cobran comisiones automáticas por quedarse en números rojos, incluso si el saldo negativo es pequeño o dura pocas horas. Según la normativa vigente y la doctrina del Banco de España, solo son legales si retribuyen un servicio efectivo y han sido aceptadas de forma expresa y transparente por el cliente.
Otras comisiones no pactadas
Existen casos de comisiones de mantenimiento, administración o cambios en condiciones aplicadas sin que el cliente haya sido informado correctamente o sin que se haya pactado por contrato. Estas comisiones pueden ser nulas si se considera que no existe consentimiento o que son desproporcionadas.
Otras prácticas bancarias cuestionables
Dación en pago mal gestionada
Algunas entidades ofrecieron la dación en pago como una solución a los impagos hipotecarios, pero lo hicieron de forma opaca o condicionada, sin explicar bien las consecuencias fiscales o sin ofrecer alternativas menos perjudiciales. En ocasiones, los deudores entregaban la vivienda pensando que con ello se cancelaba toda la deuda, cuando no era así.
¿Se pueden reclamar estas malas prácticas bancarias?
Sí. La mayoría de estas prácticas han sido anuladas o corregidas gracias a la actuación de los tribunales, el Banco de España y las autoridades de protección al consumidor. Si fuiste afectado por alguna de ellas, es posible reclamar:
- La devolución de lo pagado de más.
- La anulación de cláusulas abusivas.
- La renegociación de las condiciones del contrato.
- La recuperación de tu dinero en productos mal comercializados.
Reclamaciones contra malas prácticas bancarias
Si has sido víctima de alguna de estas malas prácticas, tienes derecho a reclamar. El primer paso es recopilar toda la documentación relevante, como contratos, recibos, extractos bancarios y cualquier prueba que respalde tu caso. El siguiente paso es intentar llegar a un acuerdo con el banco, aunque si este no responde satisfactoriamente, puedes acudir a los tribunales o a la vía extrajudicial.
En muchos casos, los tribunales han fallado a favor de los consumidores, anulando cláusulas abusivas y obligando a las entidades financieras a devolver el dinero que se les cobró indebidamente. Además, muchas de estas malas prácticas están sujetas a plazos de prescripción, por lo que es fundamental actuar con rapidez.
¿Necesitas ayuda legal para reclamar?
En nuestro despacho de abogados analizamos tu caso sin compromiso. Contamos con experiencia en derecho bancario y hemos ayudado a numerosos clientes a recuperar su dinero frente a entidades financieras. Si sospechas que tu contrato incluye alguna de estas prácticas, podemos ayudarte a valorar si es reclamable y acompañarte durante todo el proceso.
¿Te han afectado las malas prácticas bancarias?
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